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Determinación Administrativa Núm. 20-14 (“DA 20-14”)

Asunto

Extensión de la fecha límite para radicar las declaraciones informativas a consecuencia de la emergencia por el Covid-19

Atención

A todos los contribuyentes

Determinación Administrativa DA 20-14 15/05/2020 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

A raíz del brote mundial del Coronavirus (COVID-19) que también afecta a Puerto Rico, el 15 de marzo de 2020 la Gobernadora de Puerto Rico (“Gobernadora”) emitió la Orden Ejecutiva Núm. OE-2020-023 (“OE 2020-023”), en la cual se estableció un toque de queda, a partir de las 9:00pm del 15 de marzo de 2020, ordenando así a todos los individuos en Puerto Rico a permanecer en sus hogares y limitando el uso de las vías públicas, salvo ciertas instancias. Además, la OE 2020-023 decretó un cierre de las operaciones gubernamentales, así como el cierre de todos los comercios en Puerto Rico, con excepción de aquellos considerados servicios esenciales, a partir de las 6:00pm del 15 de marzo de 2020 (“Cierre Total”).  Posteriormente se han emitido las Órdenes Ejecutivas OE-2020-030 y OE-2020-032 con el fin de extender el Cierre total y el toque de queda, con algunas modificaciones.

Como parte de la medidas que ha tomado el gobierno para minimizar el impacto del Cierre Total en los individuos, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Determinación Administrativa 20-09 (“DA 20-09”) con el propósito establecer el periodo de radicación durante el cual el Departamento no impondrá intereses, recargos y penalidades de planillas, declaraciones y formularios, pagos y depósitos que se radican ante el Departamento por causa de la emergencia declarada por la Gobernadora. En el caso específico de las Declaraciones Informativas, según establecido en la Parte III-C de la DA 20-09 la fecha límite de radicación para las Declaraciones Informativas correspondientes al año 2019 se extendió hasta el 15 de mayo de 2020.

El 1 de mayo de 2020, la Gobernadora emitió la Orden Ejecutiva OE-2020-038 extendiendo el toque de queda hasta el 25 de mayo de 2020. Por tanto, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emite esta Determinación Administrativa con el propósito de enmendar la Parte III-C de la DA 20-09 y proveer un término adicional para que los comerciantes y agentes retenedores puedan someter las Declaraciones Informativas correspondientes al año 2019.

II. Determinación

El Departamento determina enmendar la Parte III-C de la DA 20-09 para extender hasta el 31 de mayo de 2020 la fecha límite para completar en SURI la radicación de las Declaraciones Informativas correspondientes al año 2019 sin aplicabilidad de intereses, recargos y penalidades. Por tanto, excepto por lo establecido en esta Determinación Administrativa, las demás disposiciones de la DA 20-09 continúan vigentes.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tendrán vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Determinación Administrativa, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea

Secretario