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Determinación Administrativa Núm. 17-18

Asunto

Extensión del término para la radicación de querellas administrativas y presentación de información o documentos requeridos por la oficina de Apelaciones Administrativas

Atención

A todos los contribuyentes y representantes autorizados

Determinación Administrativa DA Núm. 17-18 03/10/2017 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

A raíz del paso del Huracán Irma por Puerto Rico, el 12 de septiembre de 2017 el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Determinación Administrativa Núm. 17-10 (“DA 17-10”) para posponer, hasta el lunes, 18 de septiembre de 2017, la fecha límite para la radicación de querellas y presentación de información o documentos requeridos que vencieran entre los días 5 al 11 de septiembre de 2017.

A consecuencia de la Orden Ejecutiva Núm. OE-2017-047 emitida por el Gobernador de Puerto Rico, el 18 de septiembre de 2017 el Departamento emitió la Determinación Administrativa Núm. 17-11 (“DA 17-11”) con el propósito de posponer, hasta el miércoles, 27 de septiembre de 2017, todo término vencido entre los días 12 y 26 de septiembre de 2017, para la radicación de querellas y presentación de información o documentos requeridos.  Por tanto, todo término vencido entre los días 5 y 26 de septiembre de 2017 fue pospuesto hasta el miércoles, 27 de septiembre de 2017.

En vista de los efectos catastróficos causados por el huracán María, el Departamento emite esta Determinación Administrativa con el propósito de posponer la fecha límite para la radicación de querellas al amparo de la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico (“LPAU”), o por disposición expresa del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado, y la presentación de información o documentos requeridos por la Oficina de Apelaciones Administrativas del Departamento (“OAA”).

II. Determinación

A tenor con lo anterior, el Departamento determina posponer por un periodo de 30 días calendario adicionales, el término para la radicación de querellas administrativas y presentación de información o documentos requeridos por la OAA.  La posposición de 30 días calendario es adicional a las posposiciones establecidas por la DA 17-10 y DA 17-11 y aplicará a los términos vencidos durante el periodo entre el 5 y 26 de septiembre de 2017. Por tanto, todo término originalmente vencedero durante el periodo antes mencionado vencerá el viernes, 27 de octubre de 2017.

A manera de ejemplo, un contribuyente cuyo término para presentar una querella o requerimiento ante la OAA haya vencido el 6 de septiembre de 2017, tendrá que radicar dicha querella o responder al requerimiento no más tarde del viernes, 27 de octubre de 2017. Del mismo modo, un contribuyente cuyo término para presentar una querella o requerimiento ante la OAA haya vencido el 15 de septiembre de 2017, también tendrá hasta el viernes, 27 de octubre de 2017 para radicar dicha querella o responder al requerimiento.

Por otro lado, el Departamento determina posponer por 30 días calendario, el término para la radicación de querellas administrativas y presentación de información o documentos requeridos por la OAA, cuya fecha de vencimiento sea entre los días 27 de septiembre de 2017 y el 20 de octubre de 2017.

A manera de ejemplo, un contribuyente cuyo término para presentar una querella o requerimiento ante la OAA haya vencido el 27 de septiembre de 2017, tendrá que radicar dicha querella o responder al requerimiento no más tarde del viernes, 27 de octubre de 2017 (esto es, 30 días calendario luego del 27 de septiembre de 2017). Del mismo modo, un contribuyente cuyo término para presentar una querella o requerimiento ante la OAA sea vencedero el lunes, 9 de octubre de 2017, tendrá hasta el miércoles, 8 de noviembre de 2017 para radicar dicha querella o responder al requerimiento (esto es, 30 días calendario luego del 9 de octubre de 2017).

Finalmente, todo contribuyente que desee radicar una querella administrativa o presentar información o documentos requeridos por la OAA durante el periodo entre la emisión de esta Determinación Administrativa y la fecha de vencimiento del nuevo término aplicable, podrá hacerlo mediante el siguiente correo electrónico: apelaciones@hacienda.pr.gov.

Aquellos contribuyentes que radiquen querellas o respuestas a requerimientos mediante correo electrónico, no tendrán que presentar en persona dichas querellas o requerimientos, salvo que la OAA haga dicho requerimiento al contribuyente mediante correo electrónico o mediante correo regular o certificado una vez el Departamento comience sus operaciones regulares en el Edificio Intendente Ramírez ubicado en el Viejo San Juan.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa tienen vigencia inmediata y tendrán efecto retroactivo al miércoles, 27 de septiembre de 2017.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta determinación administrativa puede enviar un correo electrónico a: apelaciones@hacienda.pr.gov

 

Cordialmente,

Lcda. Roxana Cruz Rivera
Subsecretaria de Hacienda

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