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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 22-03 (“CC RI 22-03”)

Asunto

Centros de Orientación y Preparación de Planillas - Programa Vita - Crédito Tributario por niños

Atención

Individuos Residentes de Puerto Rico con Dependientes Menores de Dieciocho (18) Años

Carta Circular CC RI 22-03 07/02/2022 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Las Secciones 9611 y 9612 Ley Federal P.L. 117-2 de 11 de marzo de 2021 conocida como el “American Rescue Plan Act of 2021” (“ARPA”, por sus siglas en inglés) extiende el crédito tributario reembolsable a los residentes de Puerto Rico que tengan niños calificados de diecisiete (17) años o menos al 31 de diciembre de 2021. Este crédito no es automático, por lo tanto, requiere que aquellas personas elegibles radiquen una planilla federal en el Servicio de Rentas Internas Federal (“IRS, por sus siglas en inglés), utilizando uno de los Formularios 1040 (“Planilla Federal o Formulario 1040”).

A tales efectos, el Departamento de Hacienda (“Departamento”), en colaboración con el IRS, estará participando en el Programa de Ayuda Voluntaria a los Contribuyentes (“VITA”, por sus siglas en inglés).

Cónsono con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de orientar sobre: (i) la fecha de comienzo de los servicios en los Centros de Orientación y Preparación de Planillas - VITA, (ii) los requisitos para solicitar el crédito tributario por niños (“Child Tax Credit” o “CTC”, por sus siglas en inglés); y (iii) el procedimiento para la preparación y radicación electrónica de la Planilla Federal del año contributivo 2021 en los Centros.

II. Determinación

Con el objetivo de facilitar a los individuos la solicitud del CTC, el Departamento tendrá disponible varios Centros, en los cuales se ofrecerán servicios relacionados a VITA, a partir del miércoles, 2 de febrero de 2022.

De otra parte, informamos que, estos Centros ofrecerán el servicio de preparación y radicación electrónica de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos para el año contributivo 2021, para lo cual el Departamento emitirá una comunicación oficial próximamente.

En los Centros se estará preparando y radicando, libre de costo, solo el Formulario 1040 del año contributivo 2021 a individuos que sean elegibles para el CTC y que cumplan con los requisitos para recibir los servicios en los Centros, según definido en la Parte II-C de esta Carta Circular.

A. Requisito de Coordinar Cita para Acudir a un Centro

Por motivo de los protocolos de seguridad por la pandemia del COVID-19, los Centros solamente atenderán contribuyentes elegibles a solicitar el CTC por cita previa, las cuales solo se pueden coordinar a través del siguiente enlace: hacienda.turnospr.com, seleccionando el enlace “Centros de Orientación y Preparación de Planillas” y siguiendo las instrucciones del sistema.

Una vez coordinada la cita, debe presentarse en el día y hora pautada.  La persona citada debe llegar quince (15) minutos antes de la hora pautada. De no poder asistir a la cita, deberá coordinar una nueva. Por el bienestar y la salud de todos y en cumplimiento de los protocolos antes mencionados, no se permitirán filas dentro de los Centros ni en sus alrededores y no se atenderán a personas sin haber solicitado previamente una cita. Además, para poder ser atendido en el Centro en el día y hora de su cita, es importante que acuda al mismo con toda la información y los documentos que se indican en la Parte II-D de esta Carta Circular. 

El Departamento aclara que, los turnos y las citas que se hayan coordinado a través del enlace indicado anteriormente estará garantizado en la medida en que no se presente una situación de emergencia en el Centro correspondiente.  De surgir alguna situación que requiera la cancelación de su cita, recibirá una notificación al respecto y deberá solicitar una nueva cita.  No obstante lo anterior, el Departamento reitera que toda persona que sea elegible para el CTC tendrá la alternativa de preparar y radicar electrónicamente el Formulario 1040, a través de irs.gov o acudir a otros centros VITA del IRS disponibles alrededor de la isla.

Cabe señalar, que, toda persona que acuda a un Centro deberá cumplir con los protocolos de seguridad establecidos, incluyendo, pero sin limitarse a, mantener el distanciamiento físico y uso de mascarilla en todo momento cubriendo su boca y nariz.

B. Ubicación de los Centros

El Departamento tendrá disponible los Centros que se indican a continuación. Los días y horarios de operación de cada Centro serán informados al momento de hacer su cita en el enlace de hacienda.turnospr.com, indicado anteriormente.

  • Ponce  Plaza del Caribe, Local 253, Piso 2 (antiguo local de Radio Shack)
  • San Juan  Plaza Las Américas, Local 158, Piso 2

Es importante señalar que, el IRS tiene otros Centros VITA disponibles a través de todo Puerto Rico. Para información sobre sus horarios y localidades, puede acceder a irs.gov.

C. Individuos elegibles a recibir el servicio en los Centros

En el caso de los Centros VITA del Departamento, se ofrecerá el servicio a individuos que:

  1. No tienen ingresos tributables a nivel federal o estatal.
  2. Si tienen ingresos, estos deberán ser solo por concepto de salarios o pensiones a nivel estatal, cuyo ingreso anual no excede de $75,000 ($150,000, en el caso de casados que rinden planilla conjunta).
  3. No están obligados a radicar una declaración (planilla) de impuestos federales.
  4. Tienen dependientes calificados, según definidos por el IRS.
  5. Entreguen debidamente completado el Formulario 13614-C del IRS, disponible en español e inglés en irs.gov.

En el caso de personas casadas que rindan planilla en conjunto, ambos cónyuges deberán estar presentes en el Centro.

Aquellos individuos que no cumplan con los requisitos antes indicados tendrán otras alternativas de servicios en otros centros VITA establecidos por el IRS. Para información adicional, puede acceder a irs.gov.

D. Documentos Necesarios para Preparar su Planilla en un Centro

Para poder preparar y radicar electrónicamente la Planilla Federal, el individuo debe acudir al Centro con la siguiente información y documentos:

  1. Copia de una tarjeta de identificación vigente con foto, tales como: la licencia de conducir o Real ID.
  2. Su tarjeta de Seguro Social, de su cónyuge (si aplica) y de sus dependientes.
  3. Su fecha de nacimiento, la de su cónyuge (si aplica) y de los dependientes.
  4. Comprobantes de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR) o Corrección al Comprobante de Retención (Formulario 499R-2c/W-2cPR) recibidos para el año contributivo 2021.
  5. Comprobante de número de tránsito y número de cuenta bancario para depósito directo, tal como un cheque en blanco.

Los individuos que acudan a los Centros deben asegurarse de llevar consigo todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que recibieron para el año contributivo 2021, de manera que el representante del Centro pueda completar su Planilla Federal. El individuo podrá verificar todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que fueron emitidos bajo su número de seguro social, accediendo a su cuenta en SURI y en el enlace Más opciones en el menú Quisiera, seleccionar la opción Imprimir Formulario W-2PR y/o informativas.  En el caso de individuos casados, cada cónyuge deberá acceder a su cuenta en SURI para verificar esta información. 

Si el individuo no tiene una cuenta en SURI, este podrá registrarse a través del siguiente enlace: suri.hacienda.pr.gov, o a través del enlace de SURI disponible en el área de Hacienda Virtual en hacienda.pr.gov.  En la página principal de SURI, seleccione el enlace Regístrese en SURI e ingrese al sistema la información requerida. Será necesario tener un correo electrónico válido. Una vez completado el registro, el individuo accederá nuevamente a la página principal de SURI e ingresará el usuario y contraseña creado. El sistema le requerirá autenticar el dispositivo que está utilizando. Cuando ingrese a su cuenta en SURI, oprima el enlace Más opciones en el menú Quisiera, y seleccione la opción Imprimir Formulario W-2PR y/o informativas.

E. Estatus de Reintegro – Planilla Federal

Para todo lo relacionado a su Planilla Federal, incluyendo el estatus de su reintegro correspondiente al CTC, deberá comunicarse directamente al IRS accediendo a: irs.gov o llamando al 1-800-829-1040.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Por otra parte, para información adicional sobre los Centros, acceda a turnospr o envíe un mensaje a través de su cuenta en SURI o a través del enlace Asistencia en SURI, que se encuentra disponible en la página principal de SURI.

 

Cordialmente,

Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez
Subsecretario