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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-25 (“CC RI 20-25”)

Asunto

Extensión del periodo de tiempo para solicitar el incentivo de $500 para mitigar la situación de emergencia por motivo del Covid-19 en Puerto Rico

Atención

Individuos que trabajan por cuenta propia

Carta Circular CC RI 20-25 03/05/2020 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Como parte de las medidas que ha tomado el Gobierno de Puerto Rico para minimizar el impacto en los individuos del toque de queda y cierre de operaciones gubernamentales y comercios no considerados servicios esenciales por causa de la emergencia ocasionada por la pandemia del COVID-19 (“Cierre Total”), el 28 de marzo de 2020 la Gobernadora de Puerto Rico firmó la Resolución Conjunta 23-2020 (“Res. Conj. 23-2020”) que establece la primera fase del “Plan Estratégico para la Reactivar Nuestra Economía, Apoyar a Nuestros Comerciantes y Proteger a Nuestros Trabajadores” (en adelante, “Plan de Incentivos”), con el fin de otorgar incentivos económicos a individuos y ciertas pequeñas y medianas empresas afectadas por dicha emergencia. 

Entre los incentivos económicos establecidos en el Plan de Incentivos, se incluye un incentivo de quinientos dólares ($500) a todos los trabajadores por cuenta propia o cuentapropistas (“Incentivo”).  El Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió la Carta Circular de Rentas Internas 20-21 (“CC RI 20-21”) para establecer los parámetros de elegibilidad y el procedimiento que deberá seguir todo individuo cuentapropista para obtener el Incentivo. Según lo dispuesto en la CC RI 20-21, el Incentivo será pagado únicamente mediante depósito directo.  Por tanto, el individuo cuentapropista debía entrar a su cuenta en el Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”) no más tarde de 1 de mayo de 2020, y someter la información de la cuenta bancaria para el deposito del Incentivo.

El Departamento estima que hay aproximadamente doscientos mil (200,000) individuos cuentapropistas, que son residentes de Puerto Rico, y que por tanto son elegibles para recibir el Incentivo.  Sin embargo, al momento solo han solicitado alrededor de unos 146,000 cuentapropistas. Por tal razón y considerando que el gobierno ha extendido el toque de queda y Cierre Total hasta el 25 de mayo de 2020, el Departamento entiende necesario extender el periodo de tiempo para que los cuentapropistas puedan solicitar el Incentivo.

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de enmendar la Carta Circular de Rentas Internas 20-21 y extender el término para que todo individuo cuentapropista pueda solicitar el Incentivo.

II. Determinación

El Departamento determina enmendar la CC RI 20-21 para extender el periodo para solicitar el Incentivo hasta el 30 de junio de 2020. Según lo dispuesto en la CC RI 20-21, el Incentivo aplicará únicamente a aquellos individuos, residentes de Puerto Rico, que llevan a cabo una industria o negocio por cuenta propia, cuyo ingreso está sujeto a la contribución de seguro social a nivel federal, y están debidamente registrados en SURI como comerciantes.  Por tanto, excepto por lo determinado en esta Carta Circular, las demás disposiciones de la CC RI 20-21 continúan vigentes.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar una notificación a través de su cuenta en SURI o enviar un correo electrónico a redes@hacienda.pr.gov.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario

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