Se encuentra usted aquí

Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-16 (“CC RI 20-16”)

Asunto

Radicación de las Planillas de Contribución Sobre Ingresos de Individuos y de Corporaciones y Solicitud de Prórroga para rendir la Planilla de Contribución Sobre Ingresos del Año Contributivo 2018

Atención

Contribuyentes y Especialistas en Planillas

Carta Circular CC RI 20-16 09/03/2020 Rentas Internas

I.Exposición de Motivos

Las Cartas Circulares de Rentas Internas Núm. 19-04 y 19-08 establecen el requisito de radicación electrónica compulsoria del Formulario 482, Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (“Planilla de Individuos”) y Formulario 480.2, Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones (“Planilla de Corporaciones”), respectivamente, correspondientes al año contributivo 2018 y el procedimiento a seguir para cumplir con dichas radicaciones.

Asimismo, la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 19-06 establece los parámetros de la radicación electrónica del formulario Modelo SC 2644, Solicitud de Prórroga para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos (“Solicitud de Prórroga Automática”), correspondiente al año contributivo 2018.   

No obstante, el 31 de enero de 2020 el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-01 con el propósito de notificar que, efectivo el lunes, 24 de febrero de 2020, se completaría el lanzamiento de la tercera fase en la transición al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”), la cual incluye las contribuciones sobre ingresos del Subtítulo A del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado.        

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de establecer los métodos disponibles, luego de completada la tercera fase en la transición a SURI, para que los contribuyentes radiquen las Planillas de Individuos, Planillas de Corporaciones y Solicitudes de Prórroga Automática correspondientes al año contributivo 2018.

II. Determinación

Efectivo a la fecha de emisión de esta Carta Circular, las Planillas de Individuos, las Planillas de Corporaciones y Solicitudes de Prórroga Automática del año contributivo 2018 se deben radicar conforme a lo establecido en esta publicación.

No obstante lo anterior, el Departamento considerará válida las radicaciones de las Planillas de Individuos, Planillas de Corporaciones y Solicitudes de Prórroga Automática del año contributivo 2018 que fueron rendidas en papel luego del 31 de diciembre de 2019 pero previo a la fecha de emisión de esta Carta Circular.

Cabe señalar que las disposiciones de esta Carta Circular son solo aplicables al año contributivo 2018.  Por tanto, las mismas no son aplicables a las planillas del año contributivo 2019.  Para más información sobre cómo se deben radicar las planillas del año contributivo 2019, puede referirse al Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-04 y a las Cartas Circulares de Rentas Internas Núm. 20-04, 20-10, 20-13 y 20-15. 

A. Planillas de Individuos y Corporaciones del año contributivo 2018

Efectivo a la fecha de emisión de esta publicación, las Planillas de Individuos y Corporaciones del año contributivo 2018 se podrán radicar, a opción del contribuyente, de forma electrónica o en papel, de cualquiera de las siguientes maneras:

Electrónicamente: A través de SURI solamente, debido a que los programas certificados por el Departamento para la preparación y radicación electrónica de las Planillas de Individuos y de Corporaciones del año contributivo 2018 ya no están disponibles para radicar dichas planillas.

Personalmente:          

a.) En el Departamento de Hacienda, 10 Paseo Covadonga, Edificio Intendente Ramírez, Viejo San Juan

b.) En cualquier Colecturía de Rentas Internas

(Para obtener la información de las Colecturías, puede acceder nuestra página de internet, en el área de “Servicios al Contribuyente”, bajo la sección Directorio de Colecturías)

Por Correo:               

Departamento de Hacienda, P.O. Box 9022501, San Juan, PR 00902-2501

Para propósitos de las planillas que el contribuyente opte por rendir en papel, el Departamento emitió una nueva versión de la Planilla de Individuos (Formulario 482) y de la Planilla de Corporaciones (Formulario 480.2) correspondientes al año contributivo 2018 sin los cintillos de “Requiere Formulario 483.2” o “Requiere Formulario 483.4”, respectivamente.  No obstante, el Departamento también aceptará como válidas las Planillas de Individuos y Corporaciones que sean radicadas en papel utilizando la versión de dichas planillas que incluyen los cintillos de “Requiere Formulario 483.2” o “Requiere Formulario 483.4”, respectivamente.

B. Solicitud de Prórroga Automática del año contributivo 2018

Efectivo a la fecha de emisión de esta publicación, las Solicitudes de Prórroga Automática del año contributivo 2018 se podrán radicar, a opción del contribuyente, de forma electrónica o en papel, de cualquiera de las siguientes maneras:

Electrónicamente:  A través de SURI. 

Personalmente:          

a.) En el Departamento de Hacienda, 10 Paseo Covadonga, Edificio Intendente Ramírez, Viejo San Juan

b.) En cualquier Colecturía de Rentas Internas

(Para obtener la información de las Colecturías, puede acceder nuestra página de internet, en el área de “Servicios al Contribuyente”, bajo la sección Directorio de Colecturías).

Por Correo: Departamento de Hacienda, P.O. Box 9022501, San Juan, PR 00902-2501

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.

 

Cordialmente,

 

Francisco Parés Alicea
Secretario

 

 

Documentos relacionados

Esta publicación hace referencia a:

Las siguientes Cartas Circulares:

Los siguientes Boletines Informativos: