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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-15 (“CC RI 20-15”)

Asunto

Radicación del Formulario Modelo SC 2644, Solicitud de Prórroga para rendir la Planilla de Contribución Sobre Ingresos, para el año contributivo 2019

Atención

Todos los Contribuyentes

Carta Circular CC RI 20-15 09/03/2020 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Las Secciones 1061.03(c), 1061.04(c), 1061.06(c), 1061.07(c), 1061.09(b)(4), 1061.10(b)(2) y 1061.16 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”) proveen para una prórroga automática (“Prórroga Automática”) para la radicación de la Planilla de Contribución sobre Ingresos (“Planilla”), previo a la solicitud radicada por el contribuyente no más tarde de la fecha límite establecida por el Código para rendir dicha planilla y sujeto a las reglas que establezca el Secretario de Hacienda (“Secretario”).  La solicitud de la Prórroga Automática (“Solicitud de Prórroga Automática”) se realiza mediante la radicación del formulario Modelo SC 2644, Solicitud de Prórroga para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos.

Por su parte, la Sección 6051.12 del Código autoriza al Secretario a permitir o requerir, mediante las reglas que establezca por medio de reglamento, determinación administrativa, carta circular, boletín informativo o cualquier otra comunicación de carácter general, que cualquier planilla, declaración o formulario requerido por cualquier Subtítulo del Código, así como el pago de cualquier contribución impuesta por dicho subtítulo, se radique o efectúe por medios electrónicos.

El 7 de febrero de 2020, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-04 para notificar que, efectivo el lunes, 24 de febrero de 2020, se completaría la tercera fase en la transición al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”), la cual incluye las contribuciones sobre ingresos del Subtítulo A del Código.  Además, en dicha publicación se indicó que la radicación de la Solicitud de Prórroga Automática correspondiente al año contributivo 2019 solo se puede realizar por medios electrónicos y que el Departamento próximamente estaría emitiendo una Carta Circular con los parámetros de la radicación electrónica de dicha solicitud.

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de establecer el procedimiento de radicación electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2019.

II. Determinación

Para el año contributivo 2019, será requerido que la radicación de la Solicitud de Prórroga Automática sea efectuada únicamente por medios electrónicos a través de SURI, independientemente que la planilla correspondiente se tenga que rendir en papel.  Para estos propósitos, el Departamento ya tiene disponible en SURI el enlace para que los contribuyentes puedan preparar y radicar electrónicamente su Solicitud de Prórroga Automática del año contributivo 2019. 

A. Radicación electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2019

1. Contribuyentes que sean individuos

Todo individuo que necesite rendir una Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2019 debe preparar y radicar la misma electrónicamente a través de SURI de cualquiera de las siguientes maneras:

a. A través de su cuenta de Contribución sobre Ingresos en SURI

El individuo puede preparar y radicar electrónicamente la Solicitud de Prórroga Automática a través de su cuenta de Contribución sobre Ingresos en SURI siguiendo los pasos que se indican a continuación:

(i) Acceda a su cuenta en SURI.
(ii) En el menú Cuentas, oprima el enlace Individuo - Contribución sobre Ingresos.
(iii) Oprima el enlace del periodo contributivo para el cual interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática.
(iv) En la sección Quisiera, seleccione Prórroga para Planilla de Contribución sobre Ingresos.
(v)Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá la opción de seleccionar “Vista Imprimible” para obtener una copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada.  Le exhortamos a que guarde dicho documento en sus expedientes.

b. A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión

Bajo esta opción, no es necesario que el individuo tenga una cuenta en SURI.  Para radicar la Solicitud de Prórroga Automática a través de SURI utilizando esta opción, siga los pasos indicados a continuación:

(i) Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la página principal, sin iniciar sesión, oprima el enlace Prórroga Planilla Individuo y siga con las instrucciones del sistema.  En aquellos casos en que la Solicitud de Prórroga Automática la esté radicando un Especialista en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro (“Especialista”) en representación de un contribuyente, este debe contestar que Sí en la pantalla Especialista e ingresar la información requerida.
(iii) Una vez sometida su Solicitud de Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá la opción de seleccionar “Vista Imprimible” para obtener una copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada.  Le exhortamos a que guarde dicho documento en sus expedientes.

Cabe señalar que esta opción de radicar una Solicitud de Prórroga Automática sin la necesidad de registro o iniciar sesión está únicamente disponible para contribuyentes que sean individuos.

2. Contribuyentes que sean sociedades, sociedades especiales, corporaciones de individuos, fideicomisos revocables o fideicomisos para beneficio del fideicomitente “Grantor Trusts” y corporaciones especiales de trabajadores

Toda sociedad (o compañía de responsabilidad limitada que tribute como sociedad), sociedad especial, corporación de individuos, fideicomisos revocables o fideicomisos para beneficio del fideicomitente “Grantor Trusts” y corporación especial de trabajadores (en adelante y en colectivo, “Entidades Conductos”) que necesite rendir una Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2019 debe preparar y radicar la misma electrónicamente a través de su cuenta de Entidad Conducto en SURI, siguiendo los pasos que se indican a continuación:

a. Acceda a su cuenta en SURI.
b. En el menú Cuentas, oprima el enlace Entidad Conducto.
c. Oprima el enlace del periodo contributivo para el cual interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática.
d. En la sección Quisiera, seleccione Prórroga para Planilla de Contribución sobre Ingresos.
e. Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá la opción de seleccionar “Vista Imprimible” para obtener una copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada.  Le exhortamos a que guarde dicho documento en sus expedientes.

El proceso indicado anteriormente también es aplicable a aquellas sociedades que tengan que radicar la Solicitud de Prórroga Automática para rendir el Formulario 480.1(SC) “Planilla Informativa sobre Ingresos de Sociedades – Combinada” o el Formulario 482(C) “Planilla Compuesta Socios y Miembros Individuos de Sociedades y Compañías de Responsabilidad Limitada”, del año contributivo 2019.  En estos casos, en la pantalla Solicitud de Prórroga Automática, la sociedad debe seleccionar, bajo la opción Tipo de Planilla, la Planilla correspondiente para la cual está radicando la Solicitud la Prórroga Automática.

3. Todos los demás contribuyentes

Aquellos contribuyentes no especificados en las Partes II-A-1 y II-A-2 de esta Carta Circular que necesiten rendir una Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2019 deben preparar y radicar la misma electrónicamente a través de su cuenta de Contribución sobre Ingresos en SURI, siguiendo los pasos que se indican a continuación:

a. Acceda a su cuenta en SURI.
b. En el menú Cuentas, oprima el enlace Corporación - Contribución sobre Ingresos.
c. Oprima el enlace del periodo contributivo para el cual interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática.
d. En la sección Quisiera, seleccione Prórroga para Planilla de Contribución sobre Ingresos.
e. Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá la opción de seleccionar “Vista Imprimible” para obtener una copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada.  Le exhortamos a que guarde dicho documento en sus expedientes.

B. Solicitud de Prórroga Automática con Balance de Contribución Pendiente de Pago

La Solicitud de Prórroga Automática solo extiende el término para radicar la planilla de contribución sobre ingresos correspondiente.  Por tanto, la misma no extiende el tiempo para pagar cualquier balance pendiente de pago que pueda surgir con dicha planilla.  En estos casos, la Solicitud de Prórroga Automática puede radicarse junto con un pago para evitar la acumulación de intereses y recargos sobre el balance de contribución no pagado a la fecha límite establecida por el Código.  Dicho pago puede efectuarse de cualquiera de las siguientes maneras:

1. Con la Radicación Electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática

El contribuyente podrá realizar el pagó como parte del proceso de radicación electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática, siguiendo los pasos mencionados en la Parte II-A de esta Carta Circular.  Para estos propósitos, debe ingresar la cantidad del pago que interesa efectuar en el encasillado Cantidad pagada con esta solicitud.  En estos casos se exhorta al contribuyente o Especialista a que se asegure que la información del número de cuenta bancaria y número de ruta, o la información de la tarjeta de crédito, sea ingresada correctamente.

2. A través de su cuenta en SURI

Para utilizar esta opción, luego de radicar electrónicamente la Solicitud de Prórroga Automática, siga los pasos que se indican a continuación:

(i) Acceda a su cuenta en SURI.
(ii) En el menú Cuentas, seleccione el enlace Individuo - Contribución sobre Ingresos, Entidad Conducto o Corporación - Contribución sobre ingresos, según corresponda.
(iii) En la sección Quisiera, seleccione Efectuar un pago y siga las instrucciones del sistema.  En el Tipo de pago, asegúrese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del año contributivo para el cual interesa que se aplique el pago.
(iv) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un resumen, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a que guarde dicha información en sus expedientes.

3. A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión

Para utilizar esta opción, luego de radicar electrónicamente la Solicitud de Prórroga Automática, siga los pasos indicados a continuación:

(i) Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la página principal, sin iniciar sesión, oprima el enlace Opciones de pago.
(iii) Seleccione el enlace Otros Pagos y siga las instrucciones del sistema.  En la pantalla Información del Contribuyente, en la parte Información de la Cuenta, asegúrese de seleccionar: Individuo - Contribución sobre Ingresos, Entidad Conducto o Corporación - Contribución sobre Ingresos, según corresponda, en el Tipo de Cuenta a Pagar.  Además, en la pantalla Pago, bajo el Tipo de pago, asegúrese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del año contributivo para el cual interesa que se aplique el pago.
(iv) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un resumen, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a que guarde dicha información en sus expedientes.

4. A través de una Colecturía de Rentas Internas

El contribuyente tendrá la opción de realizar el pago en efectivo en una Colecturía de Rentas Internas, con copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada electrónicamente.  Para información sobre la ubicación y horario de las Colecturías de Rentas Internas, puede acceder nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, en el área de “Servicios al Contribuyente”, bajo la sección Directorio de Colecturías.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional sobre las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario

 

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