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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-11 (“CC RI 20-11”)

Asunto

Centros de Orientación y Preparación de Planillas

Atención

Contribuyentes que sean Individuos

Carta Circular CC RI 20-11 23/02/2020 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Todo individuo que tenga la obligación de radicar la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (“Planilla”), para el año contributivo 2019, según dispuesto en la Sección 1061.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado, deberá radicar la misma únicamente por medios electrónicos no más tarde del miércoles, 15 de abril de 2020. El Departamento de Hacienda (“Departamento”), emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-04 de 14 de febrero de 2020, con el propósito de establecer el procedimiento de radicación electrónica de la Planilla para el año contributivo 2019.

Con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento con la radicación electrónica de la Planilla del año contributivo 2019, a partir del jueves, 5 de marzo de 2020, el Departamento tendrá disponible varios Centros de Orientación y Preparación de Planillas (“Centros”).

A tenor con lo anterior, se emite esta Carta Circular con el propósito de establecer el procedimiento para la preparación y radicación electrónica de la Planilla del año contributivo 2019 en los Centros.

II. Determinación

Los Centros estarán disponibles a partir del jueves, 5 de marzo de 2020 hasta el miércoles, 15 de abril de 2020. En los Centros únicamente se estará preparando y radicando, libre de costo, la Planilla del año contributivo 2019 de contribuyentes: (i) que sean individuos ciudadanos americanos residentes de Puerto Rico durante todo el año contributivo; (ii) que sean asalariados o pensionados; y (iii) cuyas Planillas requieran únicamente los siguientes anejos:

  • Anejo A Individuo – Deducciones Aplicables a Contribuyentes que Sean Individuos
  • Anejo A1 Individuo – Dependientes y Beneficiarios de Cuentas de Aportación Educativa y Cuentas Mi Futuro
  • Anejo B Individuo - Recobro de Créditos Reclamados en Exceso, Créditos Contributivos y Otros Pagos y Retenciones (solamente Parte III)
  • Anejo CH Individuo - Cesión de Reclamación de Exención por Hijo(s) de Padres Divorciados o Separados
  • Anejo CO Individuo - Cómputo Opcional de la Contribución
  • Anejo FF Individuo - Intereses, Dividendos e Ingresos Misceláneos (solamente la Parte I “Intereses”, siempre y cuando no excedan la cantidad exenta de $100, o $200 si es casado que rinde planilla conjunta)
  • Anejo H Individuo - Ingreso de Anualidades o Pensiones de Planes Cualificados o Gubernamentales
  • Anejo IE Individuo - Ingresos Excluidos y Exentos

El contribuyente que radique su Planilla en uno de nuestros Centros, recibirá una copia física de la Planilla y Detalle de Factura correspondiente. Estos documentos también estarán disponibles a través de su cuenta en SURI.

A. Documentos Necesarios para Preparar su Planilla en un Centro

Para poder preparar y radicar electrónicamente su Planilla del año contributivo 2019, el contribuyente debe acudir al Centro de su preferencia con la siguiente información:

  1. Número de seguro social y fecha de nacimiento del contribuyente, su cónyuge (si aplica), y sus dependientes;
  2. Copia de su licencia de conducir o alguna identificación válida con foto;
  3. Su dirección de correo electrónico y que la misma esté activa;
  4. Comprobante de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR) o Corrección al Comprobante de Retención (Formulario 499R-2c/W-2cPR) recibidos para el año contributivo 2019;
  5. Declaraciones Informativas (Formularios 480.6A, 480.6B, 480.6D y 480.7C) recibidas para el año contributivo 2019;
  6. Evidencias sobre sus deducciones tales como intereses hipotecarios (Formulario 480.7A) e intereses pagados sobre préstamos estudiantiles, entre otros; y
  7. En el caso de contribuyentes casados que radiquen Planilla conjunta, si uno de los cónyuges no puede acudir al Centro, deberá enviar con su cónyuge el formulario Modelo SC 2745, Poder y Declaración de Representación, debidamente completado y firmado, en el cual autorice a este a radicar y firmar electrónicamente la Planilla en su representación. Además, deberá enviar copia de una identificación con foto vigente.

Los contribuyentes que acudan a un Centro deben asegurarse de llevar consigo todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que recibieron para el año contributivo 2019, de manera que el representante del Centro pueda completar su Planilla con toda la información. El contribuyente podrá verificar todos los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas que fueron emitidos bajo su número de seguro social, accediendo a su cuenta en SURI y en el menú Quisiera, oprimirá el enlace Imprimir formulario W-2PR e informativas.  En el caso de contribuyentes casados, cada cónyuge deberá acceder a su cuenta en SURI para verificar esta información. 

Si el contribuyente no tiene una cuenta en SURI, este podrá registrarse a través del siguiente enlace: https://suri.hacienda.pr.gov, o a través del enlace de SURI disponible en el área de Hacienda Virtual de la página de internet del Departamento www.hacienda.pr.gov. Luego, deberá seleccionar el enlace Regístrese en SURI e ingresará al sistema la información requerida. Será necesario tener un correo electrónico válido. Una vez completado el registro, el contribuyente accederá a la página principal de SURI e ingresará el usuario y contraseña creado. El sistema le requerirá autenticar el dispositivo que está utilizando. En la página de inicio de la cuenta, seleccionará Más opciones y luego, Imprimir Formulario 2W-PR y/o informativas.

B. Localización y Horario de los Centros

El Departamento tendrá disponible los siguientes Centros de Planillas para el año contributivo 2019:

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C. Formas de Efectuar el Pago de la Planilla Radicada en un Centro

Los contribuyentes que hayan preparado y radicado electrónicamente sus planillas en un Centro, podrán pagar la contribución utilizando una de las siguientes formas:

1. Al Momento de Radicar la Planilla – Para poder utilizar esta opción, el contribuyente debe proveer el número de su cuenta bancaria de cheques o de ahorros y el número de ruta de la institución financiera.  En estos casos, el contribuyente puede elegir realizar el pago al momento de la radicación electrónica o podrá autorizar el cobro posterior a debitarse de una cuenta con fondos suficientes, no más tarde del 15 de abril de 2020.

2. Personalmente en las Colecturías de Rentas Internas 

a. En la mini Colecturía de Rentas Internas localizada dentro del Centro, solo para efectos de procesar pagos contributivos que no sean en efectivo, utilizando el Detalle de factura mencionado anteriormente. Las alternativas de pago son: cheque, giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de crédito (Visa o MasterCard).

b. En cualquier Colecturía de Rentas Internas utilizando el Detalle de factura mencionado anteriormente. Las alternativas de pago son: efectivo, cheque, giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de crédito (Visa o MasterCard). La ubicación y el horario de las Colecturías están disponibles en nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo la sección Servicios al Contribuyente, seleccionando el enlace Directorio de Colecturías.

3. Por teléfono a través de Hacienda Responde

Para poder utilizar esta opción, el contribuyente deberá comunicarse al (787) 620-2323, opción 2. Las alternativas de pago son: tarjeta de crédito (VISA o MasterCard), tarjeta de débito (con logo de Visa o MasterCard) o una cuenta de cheques o de ahorros. Si se utiliza una cuenta de cheque o de ahorros, el contribuyente deberá tener accesible su número de cuenta y el número de ruta del banco. En estos casos, el recibo de pago será enviado a través de correo electrónico o se le proveerá el número de transacción para referencia.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede comunicarse al (787) 622-0123.

 

Cordialmente,

 

Francisco Parés Alicea
Secretario

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