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Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-10 (“CC RI 20-10”)

Asunto

Radicación de la Planilla Informativa Sobre Ingresos de Entidades Conducto, Formulario 480.2(EC), del Año Contributivo 2019 a través del Sistema Unificado de Rentas Internas

Atención

Sociedades y Compañías de Responsabilidad Limitada que Tributan como Sociedades, Sociedades Especiales, Corporaciones de Individuos y Especialistas En Planilla

Carta Circular CC RI 20-10 23/02/2020 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

Las Secciones 1061.03, 1061.06 y 1061.07 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”) establecen los requisitos de radicación de la planilla informativa sobre ingresos de toda sociedad, sociedad especial y corporación de individuos, respectivamente (en adelante y en colectivo, “Entidades Conducto”).  A tales efectos, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) anualmente emite el Formulario 480.2(EC), Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto (“Planilla de Entidades Conducto”) a ser utilizado para la radicación de dicha planilla correspondiente al año contributivo.

Además, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidades Conducto para un año contributivo debe preparar, radicar y entregar para dicho año contributivo, un Formulario 480.6 EC, Declaración Informativa Entidad Conducto, a cada uno de sus socios, miembros o accionistas (“Formulario 480.6EC”).  Conforme a lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 16-04 y al Boletín Informativo de Política Contributiva Núm. 16-04, dichos formularios solo se pueden radicar por medios electrónicos y copia de los mismos, según radicados electrónicamente, deben ser incluidos junto con la Planilla de Entidad Conducto del año contributivo correspondiente que se radicaba en papel. 

Por su parte, la Sección 6051.12 del Código autoriza al Secretario de Hacienda a permitir, mediante las reglas que establezca por medio de reglamento, determinación administrativa, carta circular, boletín informativo o cualquier otra comunicación de carácter general, que cualquier planilla requerida por cualquier Subtítulo del Código, así como el pago de la contribución correspondiente, se radique o efectúe por medios electrónicos. 

El 7 de febrero de 2020, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 20-04 (“BI RI 20-04”) para notificar que, efectivo el lunes, 24 de febrero de 2020, se completará la tercera fase en la transición al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”), la cual incluye las contribuciones sobre ingresos del Subtítulo A del Código.  Además, en dicha publicación se indicó que la radicación de la Planilla de Entidades Conducto correspondiente al año contributivo 2019 solo se podrá realizar por medios electrónicos y que el Departamento próximamente estaría emitiendo una Carta Circular con los parámetros de la radicación electrónica de dicha planilla.

A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propósito de establecer el procedimiento de radicación electrónica de la Planilla de Entidades Conducto para el año contributivo 2019.

II. Determinación

Como regla general, toda Entidad Conducto que esté dedicada a industria o negocio en Puerto Rico viene obligada a radicar la Planilla de Entidades Conducto no más tarde del decimoquinto (15to) día del tercer (3er) mes siguiente al cierre del año contributivo.  No obstante, para el año contributivo 2019, el Departamento determina que las Entidades Conducto tendrán hasta el último día del tercer mes siguiente al cierre del año contributivo para rendir la Planilla de Entidades Conducto, que es la fecha límite que establece el Código para entregar los Formularios 480.6EC a sus socios, miembros o accionistas.  De esta forma, la Entidad Conducto podrá radicar electrónicamente, al igual que en años pasados, los Formularios 480.6EC, pero también podrá cumplir con la radicación de la Planilla de Entidades Conducto del mismo año contributivo, la cual debe incluir dichos Formularios 480.6EC que fueron radicados electrónicamente.

A manera de ejemplo, para el año contributivo 2019, la Planilla de Entidades Conducto que sea rendida a base de un año natural debe radicarse no más tarde del martes, 31 de marzo de 2020, en lugar del lunes, 16 de marzo de 2020.  De igual forma, la Planilla de Entidades Conducto que sea rendida a base de un año económico que termina el 31 de enero de 2020 debe rendirse no más tarde del jueves, 30 de abril de 2020, en lugar del 15 de abril de 2020.

Además, para el año contributivo 2019, el Departamento determina que será requerido que toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidades Conducto, someta la misma por medios electrónicos a través de SURI.Para estos propósitos, la entidad debe utilizar el Formulario 480.2(EC), Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto, correspondiente al año contributivo 2019 que incluye el cintillo (watermark) “A someter por Medios Electrónicos”.Dicho formulario debidamente completado y firmado, incluyendo los anejos, detalles y evidencias correspondientes, debe ser digitalizado y sometido por medios electrónicos a través de SURI siguiendo el procedimiento que se establece en la Parte II-A de esta Carta Circular.

A. Radicación de la Planilla de Entidades Conducto del año contributivo 2019 a través de SURI

Previo a someter la Planilla de Entidades Conducto del año contributivo 2019 por medios electrónicos a través de SURI, la entidad tiene que haber radicado electrónicamente en SURI los Formularios 480.6EC correspondientes a dicho año a través de la cuenta Entidad Conducto que estará disponible a partir del lunes, 24 de febrero de 2020.

Una vez radicados todos los Formularios 480.6EC correspondientes al año contributivo 2019, la entidad podrá proceder a someter, a través de SURI, el documento digitalizado de la Planilla de Entidad Conducto del año contributivo ya completada y firmada, siguiendo los pasos que se indican a continuación:

1. Acceda a su cuenta en SURI.
2. En el menú Cuentas, seleccione el enlace Entidad Conducto.
3. Ubique el periodo contributivo para el cual interesa someter la Planilla de Entidades Conducto y oprima el enlace Radicar Planilla.
4. Siga las instrucciones del sistema.  En la parte Resumen, el sistema automáticamente reflejará el total de las cantidades informadas por línea de todos los Formularios 480.6EC radicados para el mismo año contributivo.  Le exhortamos a que se asegure que la información reconcilia con la Planilla de Entidad Conducto que va a someter.  De necesitar modificar el valor de cualquiera de los campos del Resumen, debe enmendar los Formularios 480.6 EC correspondientes previo a continuar con este paso.

Además, en la parte Someter planilla, se requerirá incluir el archivo que incluye la copia digitalizada de la Planilla de Entidades Conducto, debidamente completada y firmada, junto con todos los anejos, detalles y evidencias correspondientes.  Dicho archivo debe ser sometido en formato de documento portable (“PDF”, por sus siglas en inglés).  El tamaño del archivo no podrá exceder de 5MB.  En caso que un archivo exceda dicho límite, deberá dividir el mismo.

5. Una vez sometida la Planilla de Entidades Conducto, el sistema le proveerá un número de confirmación.  Le exhortamos a que guarde dicho número en sus expedientes.  Además, bajo la opción Vista Imprimible, la entidad podrá acceder un resumen de las primeras dos páginas de la Planilla de Entidad Conducto, con el sello de recibido del Departamento, que incluye los valores totales de los Formularios 480.6EC que se presentaron en la pantalla Resumen. Dicho resumen también se puede acceder a través de la cuenta Entidad Conducto, eligiendo el periodo correspondiente, oprimiendo el enlace Planilla Informativa de Entidad Conducto y seleccionando Imprimir formulario.

Cabe señalar que el resumen de las primeras dos páginas de la Planilla de Entidad Conducto con el sello de recibido del Departamento que le proveerá el sistema, junto con la planilla sometida a través de SURI en formato digital, será la evidencia de radicación de la Planilla de Entidades Conducto para el año contributivo 2019.  

B. Pago Estimado de la Contribución sobre la Participación Distribuible

Efectivo el lunes, 24 de febrero de 2020, el pago estimado de la contribución sobre ingresos de la participación distribuible en el ingreso de una Entidad Conducto solo se podrá efectuar por medios electrónicos a través de SURI.  Puede efectuar dicho pago de cualquiera de las siguientes maneras:

1. A través de su cuenta de Entidad Conducto en SURI

Para utilizar esta opción, siga los pasos que se indican a continuación:

(i)  Acceda a su cuenta en SURI.
(ii)  En la sección Cuentas, seleccione el enlace Entidad Conducto.
(iii) En la sección Quisiera, seleccione Efectuar un pago y siga las instrucciones del sistema.  En el Tipo de pago, asegúrese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del año contributivo para el cual interesa que se aplique el pago. 
(iv) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un resumen, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a que guarde dicha información en sus expedientes.

2. A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión

Para utilizar esta opción, siga los pasos indicados a continuación:

(i) Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la página principal, sin iniciar sesión, en el menú de Enlaces rápidos, oprima el enlace Opciones de Pago.
(iii) Seleccione el enlace Otros pagos y luego seleccione la opción de método de pago a utilizar. 
(iv) En la pantalla Información del Contribuyente, en la parte Información de la Cuenta, asegúrese de seleccionar Entidad Conducto en el Tipo de Cuenta a Pagar.  Además, en la pantalla Pago, bajo el Tipo de pago, asegúrese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del año contributivo para el cual interesa que se aplique el pago. 
(v) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá una confirmación que incluye un resumen de la transacción de pago realizada, junto con un número de confirmación.  Le exhortamos a que guarde dicha información en sus expedientes.

C. Prórroga Automática (Modelo SC 2644)

Aquellos contribuyentes que no puedan radicar la Planilla de Entidades Conducto correspondiente al año contributivo 2019 a la fecha límite prescrita por el Código para rendir dicha planilla, pueden solicitar una prórroga automática para radicar la misma.  Esta prórroga se solicita mediante la radicación del formulario Modelo SC 2644 (“Solicitud de Prórroga para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos”).  Para el año contributivo 2019, es requisito que la radicación de la Solicitud de Prórroga se realice únicamente por medios electrónicos.  El Departamento próximamente emitirá una publicación con los detalles de la radicación electrónica de esta prórroga.

III. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario

 

 

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