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Carta Cicular de Rentas Internas Núm. 16-17- RI (“CC RI 16-17”)

Asunto

Proceso para solicitar el reembolso del costo de sellos y comprobantes al Departamento

Atención

A todos los Contribuyentes y Agentes Vendedores del sistema electrónico para la venta e impresión de sellos y comprobantes

Carta Circular CC RI-16-17 28/12/2016 Rentas Internas

I. Exposición de Motivos

El Departamento de Hacienda (“Departamento”) es responsable de expedir sellos y comprobantes para validar las diferentes actividades en las que se requiere el pago de derechos al Estado.  El Artículo 329 del Código Político de 1902, según enmendado, faculta al Secretario del Departamento de Hacienda (“Secretario”)a autorizar la venta de sellos de rentas internas y aquellos otros valores que viene obligado a vender, utilizando aquellos métodos que sean necesarios para establecer un sistema completo y adecuado para la venta de los mismos.  A su vez, la Ley Núm. 331-1999 le otorga facultad al Secretario para designar agentes para la venta de los sellos de rentas internas y de aquellos otros valores o comprobantes que está autorizado a vender por disposición de ley y que, a su juicio, las necesidades del público requieran (“Agente Vendedor”).

A partir del 1 de abril de 2016, el Departamento implementó un nuevo Sistema Electrónico para la Venta e Impresión de Sellos y Comprobantes (“Sistema”). Los deberes y responsabilidades de toda persona, natural o jurídica, autorizada por el Secretario para vender e imprimir sellos y comprobantes a través del mismo están establecidos en el “Reglamento para el Uso del Sistema Electrónico para la Venta e Impresión de Sellos y Comprobantes”, Reglamento Núm. 8723 del Departamento de Estado (“Reglamento”).

Mediante esta Carta Circular el Departamento informa qué entidad es responsable de reembolsar el costo de los sellos y comprobantes vendidos a través del Sistema. Además, se informa el proceso para solicitar el reembolso de los sellos y comprobantes de rentas internas al Departamento.

II. Entidad Responsable del Reembolso

A través del Sistema se venden varios sellos cuya presentación es requerida por distintas agencias gubernamentales y entidades sin fines de lucro. A continuación, se presenta el listado de aquellos sellos que se venden a través del Sistema cuyo reembolso no recae en el Departamento sino en la entidad que se identifica al lado derecho de la tabla.

tabla_1.jpg

III. Proceso para Solicitar el Reembolso de Sellos y Comprobantes

El proceso que se describe a continuación solo aplica a los sellos y comprobantes que se venden a través del Sistema y que no están incluidos en el listado de la Parte II.    

A. Reembolso de Sellos

Si quien interesa solicitar el reembolso es una persona o entidad que ya está registrada en el Sistema, puede acceder al Modelo SC 4594A “Solicitud de Reembolso de Sellos” oprimiendo la  opción de “Solicitud de Reembolso”, según surge de la ilustración que se presenta a continuación:

tabla_2.jpg

Una vez la solicitud esté cumplimentada y firmada, deberá presentar la misma en la Oficina 711 del Área de Tesoro del Departamento. De no estar registrada en el Sistema, deberá solicitar el Modelo SC 4594 “Solicitud de Reembolso de Sellos” en la Oficina 711 del Área de Tesoro del Departamento, cumplimentarlo y hacer entrega del mismo en dicha oficina. El referido modelo también está disponible a través del enlace de “Planillas, Formularios y Anejos” de la página electrónica del Departamento http://www.hacienda.pr.gov/. También, puede enviar su solicitud de reembolso por correo a la siguiente dirección:

Departamento de Hacienda
Área del Tesoro 711
PO Box 9024140
San Juan PR 00902-4140

En todo caso, la solicitud de reembolso deberá estar acompañada del sello original y una identificación vigente con foto (licencia o pasaporte) de lo contrario la solicitud estará incompleta y no se tramitará el reembolso.

B. Reembolso de Comprobantes

Si quien interesa solicitar el reembolso es una persona o entidad que ya está registrada en el Sistema, podrá acceder al Modelo SC 3559A “Solicitud de Reintegro de Comprobantes” seleccionando la opción de “Solicitud de Reembolso”, según se muestra en la sección anterior. Una vez la solicitud esté cumplimentada y firmada, deberá presentar la misma en la Oficina 404 Reclamaciones y Reintegros, Área de Recaudaciones del Departamento.  De no estar registrada en el Sistema, deberá solicitar el referido modelo en la Oficina 404, cumplimentarlo y hacer entrega del mismo en dicha oficina. El referido modelo también está disponible a través del enlace de “Planillas, Formularios y Anejos” de la página electrónica del Departamento http://www.hacienda.pr.gov/ y en las colecturías. También, puede enviar su solicitud de reembolso por correo a la siguiente dirección:

Departamento de Hacienda
División de Contabilidad 404
PO Box 9024140
San Juan PR 00902-4140

En todo caso, la solicitud de reembolso deberá estar acompañada del comprobante original y una identificación vigente con foto; de lo contrario, la solicitud estará incompleta y no se tramitará el reembolso.

IV. Vigencia

Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.  
De requerir asistencia adicional podrá acudir a alguno de nuestros Centros de Servicio al Contribuyente o llamar al centro de llamadas Hacienda Responde marcando el 787-622-0123, Opción # 7.

Cordialmente,
Juan C. Zaragoza Gómez

Documentos relacionados

Esta publicación está relacionada a las siguientes leyes:
  • Ley Núm. 331-1999