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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 19-07 (“BI RI 19-07”)

Asunto

Extensión adicional de la fecha límite para solicitar el beneficio por retención de empleados luego del paso de los huracanes Irma y María

Atención

Todos los patronos

Boletín Informativo BI RI 19-07 20/05/2019 Rentas Internas

Como resultado de las negociaciones entre el Departamento de Hacienda (“Departamento”) y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de Norteamérica (“Tesoro”) se estableció el acuerdo denominado “ERTC Implementation Plan” (“Plan”), el cual estipula los parámetros de elegibilidad aplicables a los patronos en Puerto Rico que quedaron inoperantes por motivo de los daños causados por los huracanes Irma y María, para solicitar el beneficio federal por retención de empleados, según disponen las Leyes Federales P.L 115-63 conocida como el “Disaster Tax Relief and Airport and Airway Extension Act of 2017” y P.L. 115-123 conocida como el “Bipartisan Budget Act of 2018” (“Beneficio”).

El 8 de junio de 2018, el Departamento emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-11 (“CC RI 18-11”) con el propósito de establecer los requisitos de elegibilidad de los patronos en Puerto Rico, conforme a lo dispuesto en el Plan, y el procedimiento para solicitar el Beneficio.  Según la CC RI 18-11 y en cumplimiento con el Plan, la fecha límite para solicitar el Beneficio era el 31 de diciembre de 2018.  Posteriormente, el Departamento emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-20 (“CC RI 18-20”) para establecer el procedimiento mediante el cual los patronos elegibles que hubiesen solicitado el Beneficio al 31 de diciembre de 2018, pudiesen someter una reclamación sobre dicha solicitud radicada (“Reclamación”).  Conforme a la CC RI 18-20, la fecha límite para someter al Departamento dicha Reclamación era el 28 de febrero de 2019.

No obstante, el 11 de enero de 2019, el Departamento emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 19-01 (“BI RI 19-01”) con el propósito de notificar la extensión de la fecha límite hasta el 31 de marzo 2019 para solicitar el Beneficio.  De igual forma, el BI RI 19-01 estableció la posposición de la fecha límite hasta el 30 de abril de 2019 para radicar cualquier Reclamación del Beneficio, en la medida en que el mismo se hubiese solicitado no más tarde del 31 de marzo de 2019.

El Departamento reconoce que hay un gran número de patronos en Puerto Rico que confrontaron dificultades para recopilar la información necesaria para someter su Solicitud, y por consiguiente no pudieron solicitar el Beneficio dentro de los términos antes mencionados. En atención a esta situación, y reconociendo que estos fondos son una fuente necesaria para la recuperación y sostenimiento de los negocios en Puerto Rico, el Departamento ha estado en comunicación continua con el Tesoro para discutir posibles enmiendas al Plan que permitan extender las fechas límites para solicitar y reclamar el Beneficio. 

El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de notificar que, conforme a lo acordado con el Tesoro, la fecha límite para solicitar el Beneficio se extiende hasta el 30 de junio de 2019.  Además, la fecha límite para radicar una Reclamación del Beneficio se pospone hasta el 10 de julio de 2019.  En estos casos, el patrono debe haber solicitado el Beneficio no más tarde del 30 de junio de 2019 para ser elegible para radicar una Reclamación. 

Conforme a lo establecido en la CC RI 18-11 y la CC RI 18-20, tanto la Solicitud como la Reclamación del Beneficio solo se pueden radicar de forma electrónica a través de la plataforma digital que fue diseñada por el Departamento, siguiendo los procedimientos establecidos en dichas publicaciones.  La plataforma para solicitar y reclamar el Beneficio se encuentra disponible en la página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Hacienda Virtual en la Sección de Patronos y Agentes Retenedores.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata. 

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar un correo electrónico a: beneficiopatrono@hacienda.pr.gov o comunicarse al (787) 622-0123, opción 4.

 

Cordialmente,

 

Francisco Parés Alicea
Secretario Auxiliar
Área de Rentas Internas

 

 

 

 

 

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