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¿Cuándo prescribe una deuda?

Según el Código, las deudas contributivas prescriben si el Departamento de Hacienda no ha realizado alguna gestión de cobro durante un período consecutivo de siete (7) años. No obstante, el Secretario, a iniciativa propia o a solicitud del Contribuyente, procederá a eliminar de los archivos del Departamento de Hacienda, y quedará impedido de cobrar, aquellas deudas de las cuales ya han transcurrido diez (10) años consecutivos desde que fueron tasadas, sin que el Departamento de Hacienda haya hecho alguna gestión de cobro.